
En la actualidad existe un exceso de oferta de viviendas en venta en España. Por este motivo, los precios de las viviendas están bajo presión. Podemos informarle sobre lo que será un precio de venta realista, teniendo en cuenta la ubicación, la superficie de la vivienda, el tamaño de la parcela y el estado de mantenimiento de su vivienda, en comparación con las casas que se ofrecen en su zona.
Determine previamente si va a vender su casa en España amueblada o sin amueblar. También puede ofrecer los muebles como opción adicional. Esto le da un punto de negociación si un comprador hace una oferta por su propiedad.
Asegúrese de que su casa se encuentra en el mejor estado cuando alguien solicite una visita. Lea también los 6 consejos de arrendar. Tenga todos los papeles preparados para poder responder adecuadamente a todas las preguntas del posible comprador. Tenga también preparados los últimos pagos del impuesto sobre los bienes inmuebles, electricidad, agua, gas, tratamiento de residuos y costes de la comunidad de propietarios. Cuando usted dispone de toda la documentación y ésta es clara, el posible comprador siente plena seguridad y confianza. Esto puede crear la diferencia entre vender o no vender.
Debido a la gran oferta de viviendas en España, los compradores tienen una fuerte posición negociadora. Por este motivo, debe mantenerse informado de los precios y de la oferta de viviendas en su entorno. Conozca los puntos fuertes de su vivienda en relación a la competencia. De este modo usted se encontrará fuerte en la negociación y en la motivación de su precio de venta. Tenga en cuenta el hecho de que en España hay muchas viviendas en venta. Por lo tanto, en proporción, hay menos compradores potenciales.
Si se ha llegado a un acuerdo sobre el precio final y las condiciones, es costumbre en España que el comprador pague una fianza al vendedor o el abogado del vendedor. Para ello se firma un acuerdo en el vendedor está obligado a entregar los bienes por el precio y las condiciones convenidas. El comprador se compromete a comprar la casa por el precio y las condiciones convenidas. Si el comprador renuncia a la compra, no tiene derecho a la devolución de la fianza ya abonada, salvo que se estipule una cláusula especial, como compra bajo condición de hipoteca. Si el vendedor no mantiene el acuerdo convenido, tendrá que pagar al comprador la totalidad de la fianza. Normalmente, el importe de la fianza varía entre los 3000 y los 6000 €.
En el contrato anteriormente mencionado también se debe estipular un plazo para la firma del contrato definitivo de compraventa ante notario.
¿Existe una diferencia superior a 2 meses entre la firma del contrato final y la entrega? Solicite a su abogado que elabore un contrato de compraventa provisional. En este contrato de compraventa provisional se establecen con exactitud todos los términos y condiciones de pago. Cuando el comprador firma el contrato de compraventa provisional también debe pagar una fianza al vendedor. Normalmente, el importe de esta fianza depósito es del 10% del precio de venta. En el contrato de compraventa provisional se debe indicar que el depósito no es recuperable por parte del comprador.
Los costes de venta son, en gran parte, sufragados por el comprador. Estos son los costes del abogado del coprador, los honorarios del notario, el coste de la transmisión en el registro, el impuesto de transmisión del 7%, etc. Como vendedor, usted sólo paga el impuesto sobre bienes inmuebles del año en curso, más un impuesto sobre el valor del terreno. Este impuesto (plusvalía) es establecido por el ayuntamiento. El importe depende del período en el que los bienes han estado en su poder y varía dependiendo del ayuntamiento. Usted (o su abogado) puede solicitar información sobre este tema en el ayuntamiento donde se encuentra registrada la casa. Por supuesto, los posibles gastos de amortización de su hipoteca corren por su cuenta. Es conveniente disponer de un abogado propio que represente sus intereses y que también esté presente en la firma del contrato de compraventa ante notario. Los gastos de su abogado son, aproximadamente, del 1% del precio de venta.
Debe tener en cuenta el impuesto sobre los eventuales beneficios que usted obtenga de la vivienda. Si no reside en España, deberá pagar un impuesto del 18% sobre los beneficios obtenidos (por lo tanto, no del precio total de venta). Si usted es residente en España e invierte el dinero en otra casa, no tiene que pagar el impuesto sobre los beneficios. Si usted es residente en España y tiene más de 65 años no tiene que pagar ningún impuesto sobre los beneficios, incluso si no reinvierte el dinero en otra casa. Su abogado le puede decir exactamente lo que debe pagar y cómo se regula el pago.